Antes de rellenar tu primer pago fraccionado trimestral, tienes que resolver una duda previa: ¿te corresponde el modelo 130 o el modelo 131? La respuesta depende del régimen de IRPF en el que tributes, no de tu actividad en sí misma. Te explicamos la diferencia y cómo saber cuál es el tuyo.
La diferencia de fondo: estimación directa vs. módulos
- Estimación directa → modelo 130. El IRPF se calcula sobre tu beneficio real: ingresos menos gastos deducibles. Es el régimen por defecto y el que usa la inmensa mayoría de autónomos, especialmente los que prestan servicios profesionales.
- Estimación objetiva (módulos) → modelo 131. El IRPF no se calcula sobre lo que realmente ganas, sino sobre unos parámetros fijos publicados cada año por Hacienda para cada actividad (superficie del local, número de empleados, potencia eléctrica contratada, número de mesas, etc.). Solo pueden acogerse a este régimen determinadas actividades y siempre que no se superen ciertos límites de facturación y compras.
Modelo 130 vs modelo 131: comparativa
| Modelo 130 (estimación directa) | Modelo 131 (módulos) | |
|---|---|---|
| Base del cálculo | Beneficio real (ingresos − gastos) | Parámetros fijos de la actividad |
| Porcentaje aplicado | 20% del rendimiento neto acumulado | 2%, 3% o 4% según la actividad, sobre el rendimiento estimado por módulos |
| Variabilidad trimestral | Depende de tus resultados reales | Prácticamente fijo, salvo cambio de módulos publicados |
| Actividades a las que aplica | Cualquier actividad económica | Solo actividades incluidas en el listado de módulos (hostelería, transporte, comercio minorista, peluquerías, autoescuelas, entre otras) |
| Obligación contable | Libros de ingresos y gastos | Registro más simplificado (libro de bienes de inversión y, en algunos casos, de ventas) |
| Riesgo principal | Ninguno especial: tributas por lo que realmente ganas | Puedes acabar pagando más IRPF del que te correspondería por tu beneficio real si tu actividad rinde menos que la media de tu sector |
Qué actividades pueden tributar en módulos
El sistema de módulos no está disponible para cualquier autónomo: solo para una lista cerrada de actividades que aprueba Hacienda cada año, entre las que habitualmente se incluyen:
- Hostelería: bares, restaurantes, cafeterías, servicios de catering
- Comercio minorista de determinados productos (alimentación, prensa, ferretería, entre otros)
- Transporte de mercancías y de viajeros por carretera
- Peluquerías y salones de estética
- Autoescuelas
- Talleres de reparación de vehículos
- Algunas actividades de construcción y reformas a pequeña escala
Si tu actividad es de tipo profesional (asesoría, diseño, consultoría, marketing, programación, formación, etc.), no puedes acogerte a módulos en ningún caso: tributas obligatoriamente en estimación directa y presentas el modelo 130.
Límites para poder tributar en módulos
Además de que tu actividad esté en el listado admitido, tienes que cumplir unos límites de volumen para poder seguir en módulos:
- Un límite de facturación anual conjunta de tu actividad (con un umbral más bajo si una parte relevante de tus clientes son otros empresarios o profesionales obligados a expedir factura).
- Un límite de compras en bienes y servicios del ejercicio anterior.
- Un límite de número de empleados, según la actividad concreta.
Estos límites de facturación y compras se han ido prorrogando —y en ocasiones modificando— año tras año mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado, por lo que la cifra exacta puede variar de un ejercicio a otro. Antes de dar por hecho que puedes seguir en módulos, confirma los límites vigentes para el ejercicio en curso en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o con tu gestoría.
Cómo se calcula el pago en el modelo 131
A diferencia del 20% fijo del modelo 130, el modelo 131 aplica un porcentaje distinto según el tipo de actividad sobre el rendimiento neto estimado por los módulos que te correspondan (no sobre tu facturación real):
- 2% para actividades agrícolas, ganaderas y forestales
- 3% para el resto de actividades en general
- 4% para actividades sin personal asalariado que aparezcan específicamente señaladas en la Orden de Módulos de cada año
Este importe se calcula de forma bastante estable durante el año, y solo cambia de forma relevante si Hacienda publica una nueva Orden de Módulos con parámetros distintos, o si varía alguno de los signos, índices o módulos que aplican a tu actividad (por ejemplo, si contratas a un empleado más).
Ventajas e inconvenientes de cada régimen
Módulos (modelo 131):
- Ventaja: previsibilidad y menor carga administrativa, ya que no necesitas justificar cada gasto para calcular el pago fraccionado.
- Inconveniente: si tu negocio va peor de lo esperado, puedes acabar pagando más IRPF del que te correspondería por tu beneficio real, porque el cálculo no depende de tus resultados reales sino de los parámetros fijados por Hacienda.
Estimación directa (modelo 130):
- Ventaja: pagas en función de lo que realmente ganas, con la posibilidad de reflejar pérdidas o beneficios reducidos.
- Inconveniente: exige llevar una contabilidad más completa y justificar documentalmente cada gasto deducible.
Cómo cambiar de régimen
Si estás en módulos y quieres pasar a estimación directa (o al revés, si tu actividad lo permite), la renuncia o revocación se comunica mediante el modelo 036/037, habitualmente durante el mes de diciembre del año anterior a aquel en que quieres que surta efecto el cambio. Una vez ejercida la renuncia a módulos, generalmente existe un periodo mínimo (habitualmente varios ejercicios) antes de poder volver a acogerte a este régimen, así que conviene valorar bien la decisión antes de tomarla.
Preguntas frecuentes
¿Puedo elegir libremente entre modelo 130 y 131? No completamente: solo puedes optar por módulos si tu actividad está en el listado admitido y cumples los límites de facturación, compras y empleados. Si tu actividad es profesional, siempre estarás en estimación directa.
¿Qué régimen conviene más? Depende de tu actividad y de tu margen real de beneficio. Si tu negocio genera un margen alto y estable, módulos puede salir a cuenta; si tu margen es ajustado o irregular, la estimación directa suele ser más justa porque tributas por lo que realmente ganas.
¿El IVA también cambia si estoy en módulos? Sí, existe un régimen simplificado de IVA vinculado a módulos, con su propia forma de cálculo, distinta del régimen general que declaras en el modelo 303.
¿Puedo estar en módulos para el IRPF y en régimen general de IVA? En la práctica, ambos regímenes suelen ir vinculados, aunque existen matices según la actividad; consúltalo con tu gestoría antes de dar nada por hecho.
Hi, this is a comment.
To get started with moderating, editing, and deleting comments, please visit the Comments screen in the dashboard.
Commenter avatars come from Gravatar.